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Resumen procesal Penal, Metodos de Enjuiciamiento, Penas Privativas de la Libertad, Prision Preventiva, etc.

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SISTEMAS DE ENJUICIAMIENTO
INQUISITIVO: Se comenzó a utilizar en la segunda mitad del siglo XII con la designación de jueces pesquisadores o inquisidores en la lucha contra las herejías. Estuvo en manos de la iglesia. Este sistema tenía como características: secreto, escrito, no contradictorio.
Caracterizaciones:
1- el impulso procesal es efectuado por el Juez.
2- el proceso se inicia por : acción, denuncia u oficio.
3- el acusado no conoce quien ni porque se lo acusa y puede no conocer al Juez.
4- el proceso es secreto lo cual facilita el tormento.
5- el Juez es quien investiga.

DISPOSITIVO: Impuesto desde el siglo XII  por ejemplo en Roma en la época de los comicios. Se lo llama dispositivo en lo civil y acusatorio en lo penal. El juez no podía hacer nada de oficio.  Debía conformarse con las pruebas que le aportaban.   Los rasgos característicos eran: la oralidad, la publicidad (podía asistir todo el mundo) y la contradicción.  Al final el juez le daba la razón a quien el consideraba.
Caracterizaciones:
1- el impulso procesal lo efectúan los interesados.
2- el proceso se inicia por acción del interesado.
3- el acusado sabe quien y porque se lo acusa y sabe quien es el Juez.
4- el proceso es publico lo cual elimina todas posibilidades de tormento.
5- el Juez solo sentencia y el fiscal investiga.
6- existe paridad absoluta de derechos entre acusador (actor) y reo (demandado).
7- el Juez es un tercero impartial, imparcial e independiente.

MIXTO: (moderno) Esto significa que en nuestro sistema conservamos del sistema acusatorio y parte del sistema inquisitorio.
Oral: en materia penal todo se dice ahí, en la audiencia.
El juez cumple una función pública.  Es necesario que haya una acusación sustentada por el ministerio público. Fue  impuesto en el Código de Napoleón.
1- el Juez es quien investiga y sentencia.
2- el fiscal acusa en base a las pruebas obtenidas por el juez.
Contenido
Abarca la jurisdicción vinculada al proceso y a la competencia, y que debe imponerse los límites de los órganos jurisdiccionales, la organización judicial, ingreso, ascensos, traslados de los magistrados, funcionarios y empleados; la ejecución, que establece la competencia del juez referidas al trato de los detenidos, al cumplimiento de las obligaciones del imputado y de la pena, y a la reinserción social de los liberados.